Hurtado & Bárez Abogados analiza en RTVE las claves penales del caso de la agresión mortal ocurrida en Alicante

Miguel Ángel Hurtado, abogado penalista en Alicante, interviene en RTVE para analizar las claves jurídicas de la agresión mortal ocurrida en Alicante.

DERECHOPENAL

Alejandro Hurtado Bárez

8/20/20263 min read

Miguel Ángel Hurtado interviene en «Directo Al Grano» de La 1 de TVE

Con motivo del grave suceso ocurrido en las inmediaciones de una conocida zona de ocio nocturno de Alicante, el programa «Directo Al Grano», de La 1 de TVE, contó con la intervención de Miguel Ángel Hurtado, abogado penalista y socio titular de Hurtado & Bárez Abogados, para analizar algunas de las principales cuestiones jurídicas que plantea el caso.

Durante la conexión en directo, realizada desde Alicante, Miguel Ángel Hurtado abordó las consecuencias que el fallecimiento de la víctima puede tener sobre la investigación penal, la eventual calificación jurídica de los hechos y la importancia de esclarecer si pudo existir una motivación discriminatoria vinculada a la orientación sexual de la víctima.

Debe subrayarse que la determinación definitiva de los hechos, su autoría, motivación y calificación jurídica corresponde a los órganos judiciales sobre la base de las pruebas incorporadas al procedimiento.

Del delito de lesiones a una investigación por un delito contra la vida

Una de las principales consecuencias jurídicas derivadas del fallecimiento de la víctima es el cambio sustancial que puede producirse en la calificación penal de los hechos.

Cuando una agresión inicialmente investigada como un delito de lesiones termina provocando el fallecimiento de la persona agredida, la investigación debe determinar si concurren los elementos necesarios para apreciar un delito de homicidio, regulado en el artículo 138 del Código Penal, o, en su caso, un delito de asesinato del artículo 139, cuando puedan acreditarse las circunstancias legalmente previstas para esta figura.

La calificación definitiva dependerá, por tanto, del resultado de la instrucción y de las circunstancias concretas que puedan probarse.

La importancia de determinar la intención del agresor

Otro de los aspectos fundamentales de una investigación de estas características es determinar el elemento subjetivo presente durante la agresión.

Para ello pueden resultar especialmente relevantes factores como:

  • la intensidad y reiteración de los golpes;

  • las zonas del cuerpo contra las que se dirigió la agresión;

  • los medios eventualmente empleados;

  • la conducta anterior, simultánea y posterior del investigado;

  • las declaraciones de los testigos;

  • las grabaciones disponibles; y

  • las conclusiones de los informes médicos y forenses.

El conjunto de estos elementos permitirá valorar jurídicamente si existió intención de causar la muerte o si pueden concurrir otras formas de dolo penalmente relevantes.

La posible motivación LGTBIfóbica y la agravante de discriminación

Durante la cobertura informativa de RTVE también se abordó la hipótesis de que pudiera existir una motivación relacionada con la orientación sexual de la víctima.

Desde el punto de vista jurídico resulta imprescindible diferenciar entre la existencia de una hipótesis de investigación y su acreditación mediante pruebas.

Si durante el procedimiento llegara a demostrarse que el delito fue cometido por alguno de los motivos discriminatorios contemplados por el artículo 22.4 del Código Penal, dicha circunstancia podría tener una incidencia relevante en la responsabilidad penal.

No basta, sin embargo, con que víctima y agresor pertenezcan a grupos o tengan características determinadas. Para apreciar esta agravante es necesario acreditar suficientemente la motivación discriminatoria que habría impulsado la conducta delictiva.

Testigos, cámaras y prueba forense: elementos esenciales de la investigación

En su intervención en «Directo Al Grano», Miguel Ángel Hurtado destacó precisamente la necesidad de contar con pruebas objetivas y suficientemente sólidas.

En una investigación penal de estas características pueden adquirir especial relevancia las declaraciones de personas que presenciaran los hechos o los momentos inmediatamente anteriores y posteriores, así como las imágenes obtenidas mediante cámaras de seguridad y las pruebas médicas y forenses.

También pueden resultar relevantes las comunicaciones, expresiones o comportamientos que permitan reconstruir el contexto en el que se produjo la agresión.

La existencia de una eventual motivación discriminatoria no puede sustentarse únicamente sobre conjeturas: debe quedar acreditada dentro del procedimiento con las garantías propias del proceso penal.

Abogados penalistas en Alicante: divulgación jurídica y análisis riguroso

La participación de Hurtado & Bárez Abogados en RTVE se enmarca en el compromiso del despacho con la divulgación jurídica y con el análisis técnico y responsable de asuntos penales de especial trascendencia social.

Desde nuestro despacho de abogados penalistas en Alicante, abordamos cada procedimiento desde el rigor jurídico, el respeto a las garantías procesales y la protección de los derechos de las personas afectadas.

La repercusión pública de un asunto penal nunca sustituye a la prueba. Son la investigación, las diligencias practicadas y, finalmente, los tribunales quienes deben determinar qué ocurrió, cuál fue la motivación y qué responsabilidad penal corresponde conforme a Derecho.