ABOGADO DELITO AMEAZAS EN ELCHE
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En Hurtado Barez Abogados somos especialistas en derecho penal y contamos con una amplia experiencia en la defensa de casos por delitos de amenazas en Elche. Sabemos que recibir una acusación de este tipo puede ser una experiencia abrumadora: la preocupación por el futuro, la incertidumbre ante el proceso judicial o el temor a dañar su reputación pueden generar una gran tensión personal y familiar.
Por eso, ofrecemos una defensa penal personalizada, adaptada a las circunstancias de cada cliente. Analizamos cada detalle de su caso con rigor y claridad, explicándole sus derechos y las posibles estrategias legales para proteger su situación desde el primer momento.
Si ha sido acusado de un delito de amenazas en Elche o necesita asesoramiento legal urgente, en Hurtado Barez Abogados trabajamos con compromiso, discreción y eficacia para proteger sus derechos y construir la mejor estrategia de defensa. Nuestro objetivo es alcanzar la resolución más favorable y devolverle la tranquilidad de saber que su caso está en manos de abogados expertos en derecho penal.


¿Qué es el delito de amenazas en Elche?
El delito de amenazas se produce cuando una persona intimida o advierte a otra de causarle un mal, ya sea de forma verbal, escrita o mediante gestos o medios digitales, con la intención de atemorizarla o condicionar su conducta.
En el Código Penal español, este delito está regulado en los artículos 169 a 171, y su gravedad depende de varios factores, como la seriedad de la amenaza, si se exige algo a cambio (por ejemplo, dinero o favores), o si la víctima pertenece a un entorno de especial protección, como puede ser el ámbito familiar o de pareja.
Según el caso, las penas pueden ir desde multas hasta penas de prisión, especialmente cuando la amenaza se considera grave o se realiza con armas, en grupo o a través de medios públicos o tecnológicos (como redes sociales o mensajes de texto).
En Elche, estos delitos son tratados con especial atención por los tribunales, ya que muchas veces se presentan en el contexto de conflictos personales, familiares o laborales, donde una acusación puede tener consecuencias muy serias a nivel penal y reputacional.
Por eso, si ha sido acusado de un delito de amenazas en Elche o es víctima de este tipo de conducta, es fundamental contar con el asesoramiento inmediato de un abogado penalista especializado. En Hurtado Barez Abogados, analizamos en profundidad los hechos, las pruebas y el contexto del caso para proteger sus derechos y garantizar la mejor estrategia legal posible.
Penas por el delito de amenazas en España
El delito de amenazas está regulado en los artículos 169 a 171 del Código Penal, y no todas las amenazas se castigan igual.
La gravedad de la pena depende de la intención del autor, la forma de la amenaza y a quién va dirigida.
A continuación te explicamos los principales tipos de amenazas y sus posibles penas.
1. Amenazas graves con intención de causar un mal grave
Artículo 169 del Código Penal
Ejemplo: amenazar con matar, agredir gravemente o causar un daño importante a alguien o a sus familiares.
Si se exige algo a cambio (dinero, favores, silencio, etc.):
Pena: prisión de 1 a 5 años, dependiendo de la gravedad del mal y del resultado.Si no se exige nada, pero la amenaza es seria y real:
Pena: prisión de 6 meses a 2 años.
2. Amenazas leves (sin exigir nada y sin causar un daño grave)
Artículo 171.4 del Código Penal
Ejemplo: proferir amenazas sin gravedad (por ejemplo, “te vas a enterar” o “te voy a buscar”), pero que generan temor o alteración en la víctima.
En general:
Pena: multa de 1 a 3 meses.Si la víctima es o ha sido pareja sentimental, cónyuge o familiar, la ley lo considera más grave:
Pena: prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.
3. Amenazas en el ámbito de la violencia de género o doméstica
Artículo 171.4 y 171.5 del Código Penal
Ejemplo: amenazas a una pareja, expareja o familiar, incluso si no se cumple el daño anunciado.
Estas conductas se castigan con mayor severidad:
Pena: prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días.
Además, el juez puede imponer prohibiciones de acercamiento o comunicación con la víctima.
4. Amenazas realizadas de forma anónima o con publicidad
Artículo 169.2 del Código Penal
Ejemplo: enviar amenazas por redes sociales, mensajes de texto, correos o de forma anónima.
Si se demuestra la intención de intimidar:
Pena: prisión de 6 meses a 2 años.
Si además se exige algo (como dinero): puede llegar hasta 5 años de prisión.
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En Hurtado & Bárez Abogados, somos especialistas en delitos de amenazas y contamos con una sólida trayectoria en defensa penal en Elche y toda la provincia de Alicante.
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